La medida busca equiparar el tratamiento fiscal de las acreditaciones digitales con el de las cuentas bancarias tradicionales y reforzar el control sobre las operaciones electrónicas.
La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) anunció que, desde octubre, las billeteras virtuales y cuentas de pago deberán retener el Impuesto sobre los Ingresos Brutos. La disposición se formalizó mediante la Resolución Normativa 25/2025, publicada en el Boletín Oficial bonaerense, que establece la adhesión al Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago (SIRCUPA).
Con esta normativa, los Proveedores de Servicios de Pago que ofrecen cuentas de pago, incluidas las billeteras virtuales, actuarán como agentes de recaudación, aplicando las retenciones correspondientes a los montos acreditados en pesos o en otras monedas, excepto dólares estadounidenses. La medida alcanza tanto a personas físicas como jurídicas que sean contribuyentes del tributo provincial o estén incluidas en el Convenio Multilateral.
Quedaron excluidas de la retención las jubilaciones, pensiones, salarios, operaciones de exportación, intereses de plazos fijos, rescates de fondos comunes, devoluciones de impuestos y planes sociales.
Los proveedores deberán presentar declaraciones juradas periódicas con la información de las retenciones y depositar los montos en pesos, incluso si fueron percibidos en otra moneda.
El régimen entrará en vigencia el 1° de octubre de 2025 para los proveedores ya registrados y el 1° de noviembre para el resto de los prestadores. ARBA destacó que el objetivo es igualar el tratamiento fiscal de las operaciones digitales con el de la banca tradicional, ampliar la recaudación y reforzar los mecanismos de control sobre las transacciones electrónicas.